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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 1 De 1911

Artículo 1

1 clause

La Nación Colombiana considera como duelo público el fallecimiento del señor don Rufino José Cuervo, quien dilató en los más cultos países del orbe, con gloria y esplendor, el patrio renombre; y recomienda sus altas virtudes cristianas y nobilísima existencia á la imitación de todos los colombianos.

Artículo 2

1 clause

La estatua de Cuervo, en mármol ó bronce, se erigirá en Bogotá, ciudad de su nacimiento en el lugar que el Gobierno designe, á fin de que se perpetúe en generaciones futuras la imagen del sabio.

Artículo 3

1 clause

Las obras inéditas de Cuervo, legadas por el generosamente a la República, se publicaran á costa del Tesoro Nacional, á medida que la situación de ese lo vaya permitiendo. Los manuscritos de dichas obras se guardarán, lo mismo después de publicarlos que antes de ello, de suerte que en lo humanamente posible queden garantidos contra el fuego y contra cualesquiera otras causas de destrucción ó de simple daño, y se les considerará y tratará como uno de los mayores y más preciosos tesoros de Colombia.

Artículo 4

1 clause1 paragraph

Los gastos que demande el cumplimiento del artículo 2.º de esta Ley se considerarán incluídos en el Presupuesto de gastos del próximo año económico

Parágrafo

Encomiéndase al Ministerio de Instrucción Publica el cumplimiento de lo ordenado en el artículo 3.º, y en Presupuesto de cada año se incluirá, á propuesta del mismo Ministerio, la partida que al afecto fuere necesaria.

Artículo 5

1 clause

Un ejemplar auténtico de esta Ley será presentado á la familia de Cuervo.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno