Artículo 1
1 clause
Artículo único. Abrese al Presupuesto nacional de gastos de la vigencia económica de 1916, un crédito adicional por la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000) con la siguiente imputación:
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 18 De 1916
Artículo único. Abrese al Presupuesto nacional de gastos de la vigencia económica de 1916, un crédito adicional por la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000) con la siguiente imputación: