DecretoIn force
Decreto 3447 de 1981
por el cual se adiciona la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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02
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1Adiciónase La Planta, De Personal Del Ministerio De Obras Públicas Y Transporte, Establecida Por El Decreto 3038 Del 14 De Noviembre De 1980, Con Los Siguientes Cargos: No2La Incorporación, A La Planta De Personal Que Por Esta N O R M A Se Determina, De Los Empleados Públicos Que Actualmente Están Al Servicio Del Ministerio De Obras Públicas Y Transporte Se Sujetará A Las Reglas Consagradas En El Artículo 81 Del Decreto Extraordinario 1042 De 19783Los Funcionarios Incorporados A La Planta De Personal Establecida Por Este Decreto, Que Estén Percibiendo Incrementos De Salario Por Concepto De Antigüedad De Conformidad Con Lo Establecido En Los Decretos Extraordinarios 1042 Y 2924 De 1978, 3269 De 1979 Y 497 De 1980, Continuarán Recibiendo Dichos Incrementos4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Los Decretos 1516 Y 2674 De 1976, 2426 De 1977, 1221 Y 2631 De 1978, 1199 De ,1979 Y 1239 De 1980 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Signatories
National Government
- Julio Cesar Turbay AyalaEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 187 del Decreto-ley 444 de 1967, modificado por el artículo 8º de la Ley 67 de 1979, los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968, y el artículo 21 del Decreto-ley 130 de 1976
- Gabriel Melo GuevaraEl Ministro de Desarrollo Económico