DecretoRepealed
Decreto 209 de 1969
Por el cual se reglamenta la integración del Consejo Superior de Vivienda y Desarrollo Urbano
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1El Consejo Superior De Vivienda Y Desarrollo Urbano Estará Integrado Por: A) El Ministro De Desarrollo Económico, Quien Lo Presidirá; B) El Jefe Del Departamento Nacional De Planeación; C) El Superintendente Bancario; D) El Gerente Del Instituto De Crédito Territorial; E) El Jefe De La División De Acción Comunal Del Ministerio De Gobierno; F) El Gerente Del Banco Central Hipotecario; G) Un Representante De La Cámara Colombiana De La Construcción, Con Su Respectivo Suplente, Designados Por Ella; H) Un Representante De La Federación Colombiana De Cooperativas De Vivienda, Con Su Respectivo Suplente, Designados Por Ésta; I) Un Representante, Con Su Respectivo Suplente, Designados De Común Acuerdo Por La Sociedad Colombiana De Ingenieros Y Por La Sociedad Colombiana De Arquitectos; J) Un Representante De Las Centrales Obreras, Con Su Respectivo Suplente2La División Da Desarrollo Urbano Y Turismo, Desempeñará Las Funciones De Secretaría Técnica Del Consejo3El Consejo Podrá Crear Comisiones Internas, Cuando Ello Fuere Necesario Para La Organización De Su Trabajo4El Consejo Tendrá Las Funciones Previstas En El Artículo 20 Del Decreto 2974 De 19685El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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