DecretoRepealed
Decreto 125 de 1985
Por el cual se fija la remuneraci?n para os empleos del personal carcelario y penitenciario y se dictan otras disposiciones
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1º A Partir Del 1º De Enero De 1985, Los Sueldos Básicos Y Los Sobresueldos Para El Personal Carcelario Y Penitenciario, Que Desempeña Los Cargos Contemplados En El Artículo 6º Del Decreto-Ley Número 1302 De 1978, Serán Los Siguientes: Denominación Código Grado Sueldo Básico Sobre Sueldo Director De Establecimiento Carcelario 5070 18 502º El Empleo De Teniente Coronel De Prisiones Código 5120, Grado 19, Tendrá Derecho A Un Sueldo Básico De Cincuenta Y Nueve Mil Setecientos Cuarenta Y Tres Pesos ($ 593º El Personal Carcelario Y Penitenciario A Que Se Refiere El Presente Decreto Tendrá Derecho Al Reconocimiento Y Pago Del Incremento De Salario Por Antigüedad, Del Subsidio De Alimentación, Del Auxilio De Transporte, De La Bonificación Por Servicios Prestados Y De Viáticos En La Cuantía Y Condiciones Señaladas En Las Disposiciones Vigentes Que Regulan El Sistema General De Salarios Para Los Empleados De La Rama Ejecutiva Del Poder Público En Lo Nacional4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley 447 De 1984, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1985
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Signatories
National Government
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le concede la Ley 01 de 1985
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Enrique Parejo GonzalezEl Ministro de Justicia
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil