DecretoIn force
Decreto 2458 de 1998
por el cual se reglamenta el artículo 164 del Decreto-ley 960 de 1970.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1Article 12Los Representantes De Los Notarios Al Consejo Superior De La Administración De Justicia Serán Elegidos Por Los Notarios De Manera Directa Y Democrática Para Un Período De Dos (2) Años, Contados A Partir De La Fecha De La Declaración De Su Elección3Convócase, Mediante El Presente Decreto, A Todos Los Notarios Del País Para Participar En El Proceso De Elección De Sus Representantes4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación50Article 50
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Signatories
National Government
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 164 del Decreto-ley 960 de 1970, y
- Parmenio Cuéllar BastidasEl Ministro de Justicia y del Derecho