DecretoVigencia En Estudio
Decreto 648 de 1953
Por el cual se modifica una disposición de carácter electoral
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
Constitutional review history
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02
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1El Artículo 8° Del Decreto Extraordinario Número 2830 Del 8 De Noviembre De 1952 Quedará Así: Para Las Elecciones Que Han De Verificarse El 15 De Marzo Del Presente Año, Deberán Colocarse Mesas De Votación En La Cabecera Del Municipio Y En Los Corregimientos E Inspecciones De Policía, Que Tengan Censo Separado2Las Intendencias Y Comisarías Informarán Al Gobierno Nacional Sobre La Situación Del Territorio De Su Jurisdicción, Para Que Torne Las Medidas Del Caso3El Presente Decreto Se Entiende Sin Perjuicio De La Facultad Que El Artículo 93 De La Ley 85 De 1916 Confiere A Los Gobernadores, Rige Desde Tu Fecha Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Signatories
National Government
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguínEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Gabriel De La VegaEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo J. Cabal CabalEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro del Trabajo
- Alejandro Jiménez ArangoEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl Ministro de Fomento
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Educación Nacional
- Carlos AlbornozEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas