DecretoVigencia En Estudio
Decreto 41 de 1989
Por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de que trata el Decreto-Ley 1042 de 1978 y sus modificatorios, a la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca -CRC-, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1A Partir Del 1º De Enero De 1989, Adóptase Para La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca, El Sistema De Nomenclatura, Clasificación Y Remuneración De Empleos, Comisiones De Servicios Y Viáticos, De Que Trata El Decreto Extraordinario 1042 De 1978 Y Demás Normas Que Lo Modifiquen Y Adicionen2A Partir Del 1º De Enero De 1989, Reajústase En Un Veinticinco Por Ciento (25%) La Asignación Básica Mensual De Los Actuales Empleados Públicos De La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca3A Partir Del 1º De Enero De 1989, Los Empleados De La Corporación Tendrán Derecho Al Subsidio De Alimentación En Los Mismos Términos Y Cuantías Que Se Fije Para Los Empleados Públicos Regulados Por El Decreto 1042 De 1978 Y Demás Disposiciones Que Lo Modifiquen O Adicionen4La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca, Deberá Presentar Para La Aprobación Del Gobierno Nacional Dentro Del Primer Semestre De 1989 El Proyecto De Planta De Personal, Ajustado A Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto5Los Actuales Empleados Públicos Que Sean Incorporados A La Planta De Personal Que Se Fije En Desarrollo De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, En Cargos A Los Cuales Corresponda Una Remuneración Inferior A La Que Perciban, Continuarán Con La Remuneración Que Devenguen En El Momento De La Incorporación Hasta La Fecha En Que Se Retiren Del Servicio, O Pasen A Un Cargo De Remuneración Superior6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Los Decretos-Leyes 473 De 1984 Y 102 De 1988 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Signatories
National Government
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Mercedes De MartínezEl Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Planeación
- Joaquín Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil