DecretoIn force
Decreto 1750 de 2011
Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1Establecer Un Gravamen Arancelario De Cero Por Ciento (0%) Para Las Subpartidas Arancelarias 87042Establecer Un Gravamen Arancelario De Cero Por Ciento (0%) Para Las Siguientes Subpartidas Arancelarias: 8704319010 8704319090 8704221000 8704222000 8704229000 8704230000 8704319010 8704319090 8704321010 8704321090 8704322010 8704322090 8704329010 8704329090 8704900093 8704900094 8704900095 8704900099 Parágrafo3El Gravamen Establecido En Los Artículos 1° Y 2° Tendrá Vigencia Por El Término De Un Año Contado A Partir De La Fecha De Publicación En El Diario Oficial Del Presente Decreto4El Presente Decreto Entra En Vigencia A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1° Del Decreto 4589 De 2006 O Las Normas Que Lo Modifiquen, Adicionen O Deroguen
03
Signatories
National Government
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6 de 1971 y 7a de 1991, y
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc · ad_hoc
- Sergio Díazgranados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo