Selección de la persona o personas o entidades que por sus méritos se haga acreedora a la distinción. Será hecha por una junta que se integrará por el Director del Departamento Nacional de Planeación, El Superintendente de Industria y Comercio y el Director del Colciencias, quienes lo presentarán al señor Presidente de la República con la documentación que haya servido de fundamento para dicha candidatura.
(Decreto 1766 de 1983, artículo 6°)