Fijación de los honorarios del representante de los propietarios. El Ministerio del ramo señalará el monto de la remuneración que corresponde al representante de los propietarios de los predios afectados, por mensualidades vencidas. La entidad propietaria de la obra cancelará directamente al representante la suma establecida.
(Decreto 2024 de 1982, artículo 23)