Régimen de la Ley 80 de 1993. El Contrato de Administración, fiduciaria de los recursos destinados a la ejecución de Proyectos de Adecuación de Tierras, previsto en el
Parágrafo
del artículo 18 de la Ley 41 de 1993, deberá ceñirse a las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios o las normas que lo modifiquen o sustituyan.