Aprovechamientos forestales por el modo de asociación Los aprovechamientos forestales por el modo de asociación se realizarán mediante la conformación de empresas comunitarias de escasos medios económicos así como asociaciones de usuarios y se otorgarán por acto administrativo en el cual se determinarán las condiciones del aprovechamiento y las obligaciones de los titulares.
(Decreto 1791 de 1996, artículo 36).
JURISPRUDENCIA