micelio jurídico

Artículo 6

Sistema De Identificación Electrónico

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistema de identificación electrónico. Toda declaración aduanera que se presente a través de los servicios informáticos electrónicos, requiere de la utilización del mecanismo de firma electrónica conforme lo disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En ningún caso la firma podrá ser delegada a un tercero.

Así mismo, requerirán firma electrónica, aquellos documentos que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con las exigencias y particularidades que establezca la misma Entidad.

Para la utilización de los servicios informáticos electrónicos los usuarios utilizarán el sistema de identificación que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el uso de una clave electrónica confidencial.

Esta clave es de uso personal e intransferible y del uso inadecuado que se le dé a la misma responderá directamente su titular.

Parágrafo

Las personas que no se encuentren obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) en calidad de usuarios aduaneros, no requieren la utilización del mecanismo de firma electrónica”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 6°. Sistema de identificación electrónico. Toda declaración aduanera que se presente a través de los servicios informáticos electrónicos, requiere de la utilización del mecanismo de firma electrónica conforme lo disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En ningún caso la firma podrá ser delegada a un tercero.

Así mismo, requerirán firma electrónica, aquellos documentos que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con las exigencias y particularidades que establezca la misma Entidad.

Para la utilización de los servicios informáticos electrónicos los usuarios utilizarán el sistema de identificación que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el uso de una clave electrónica confidencial.

Esta clave es de uso personal e intransferible y del uso inadecuado que se le dé a la misma responderá directamente su titular.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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