Medidas Especiales en el Sector de Seguridad Social. Los Ministerios de Salud y Protección Social y del Trabajo en el marco de sus competencias y con el objeto de difundir la seguridad social en Colombia, coordinarán programas de capacitación para efectos de promover los principios, deberes y derechos en el Sistema de Seguridad Social.
(Artículo 7° del Decreto 2766 de 2013)