Procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Reconocidas de Autorregulación. Para el reconocimiento y autorización de operación de las Entidades Reconocidas de Autorregulación (ERA), la Superintendencia de Industria y Comercio aplicará el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 556 del 14 de marzo de 2014, artículo 30)