Sesiones de la Mesa. La Mesa Interinstitucional para el análisis de la conexidad entre el derecho a la educación y la libertad religiosa y de cultos sesionará de manera ordinaria cada cuatro (4) meses y de manera extraordinaria las veces que sea necesario, por solicitud de uno o más de sus integrantes, la cual deberá ser programada con antelación de diez (10) días hábiles.
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