Uso sin Derecho. El miembro de las Fuerzas Militares que sin derecho, use condecoraciones o lo haga en categorías diferentes a aquellas a las que le han sido otorgadas y que en el presente Capítulo se autorizan, incurrirá en las sanciones de conformidad con las normas legales vigentes.
(Decreto 4444 de 2010 artículo 224)