Procedimiento en caso de empate. Si el mayor número de votos fuere igual para dos de los candidatos, éstos serán elegidos como representantes de los empleados ante la Comisión de personal.
Si el número de votos a favor de más de dos candidatos fuere igual, la elección se decidirá a la suerte.
(Decreto 1228 de 2005, artículo 15)