micelio jurídico

Artículo 514

Clasificacion De Las Edificaciones

Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CLASIFICACION DE LAS EDIFICACIONES. Para los efectos del saneamiento de las edificaciones, éstas se clasifican en: a) viviendas permanentes; b) Establecimientos de vivienda transitoria; c) Establecimientos educativos y cuartelarios; d) Establecimientos de espectáculo público; e) Establecimientos de diversión pública; f) Establecimientos industriales; g) Establecimientos comerciales; h) Establecimientos carcelarios; i) Establecimientos hospitalarios y similares;

Parágrafo

Cuando en este Capítulo se exprese: edificación o edificaciones, se hace referencia a todos los anteriormente clasificados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1298 de 1994