La revocatoria de cualquiera de los permisos otorgados por la EMAR dará lugar a la revocatoria de las autorizaciones sanitarias otorgadas por el Ministerio de Salud y, a su vez, la revocatoria de éstas dará lugar a la revocatoria de los permisos otorgados por la EMAR.
Para los efectos del presente artículo, las entidades comunicarán sus providencias a las demás que deban proceder de conformidad.