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Artículo 5

Acto_legislativo 1 de 1914 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1914, 10/09/1914, por el cual se restablece el Consejo de Estado.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La ley determinará el número de suplentes que deben tener los Consejeros y las reglas relativas a su nombramiento, servicio y responsabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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