DE LA FORMULACION DE CARGOS. Si de las diligencias practicadas se concluye que existe mérito para adelantar la investigación, se procederá a notificar personalmente al presunto infractor de los cargos que se formulan.
Si no pudiere hacerse la notificación personal, se dejará una citación escrita con el empleado responsable del establecimiento, para que la persona indicada concurra a notificarse dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. Si así no lo hiciese se fijará un edicto en lugar público y visible en la Secretaría de la Oficina de la autoridad sanitaria competente por un término de diez (10) días, vencidos los cuales se entenderá surtida la notificación.