Plazos para el desarrollo de los Planes de Cumplimiento . Los plazos que podrán concederse para el desarrollo de planes de cumplimiento, para cada una de las etapas, son los siguientes
1.
Primera etapa: Hasta tres (3) meses.
2.
Segunda etapa: Hasta doce (12) meses.
3.
Tercera etapa: Hasta tres (3) meses. (Decreto 3930 de 2010, artículo 55).