micelio jurídico

Artículo 3

Ley 29 de 1943 · Por la cual se dispone el establecimiento de una Colonia Agrícola y Ganadera en la región del Sarare, y se dictan algunas disposiciones sobre determinadas parcialidades indígenas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

cada uno de los colonos que se establezcan, de acuerdo con las disposiciones que dicte el gobierno, tendrá derecho a que la nación lo auxilie, en la siguiente forma:

1.

Con la suma de trescientos pesos ($300.00) para la construcción de una

Casa y un corral para ganado;

2.

Con la cantidad de cincuenta pesos ($50.00) para la siembra y el cultivo de dos hectáreas de huerta;

3.

Con la suma mensual de veinte pesos ($20.00) durante el termino de seis meses, con destino a su sostenimiento y mientras puede proveerse de recursos con el producto de sus cultivos; y

4.

Con una vaca, herramientas y semillas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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