micelio jurídico

Artículo 30

Excepciones Directamente O Por Medio De Apoderado, Los Concejales Podrán Actuar: 1

Decreto 1421 de 1993 · “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 30. Excepciones Directamente o por medio de apoderado, los concejales podrán actuar

1.

En las diligencias o gestiones administrativas y judiciales en las cuales, conforme a la ley, ellos mismos, su cónyuge, compañera o compañero permanente, sus padres o sus hijos, tengan interés.

2.

En los reclamos que presenten por el cobro de tributos, contribuciones, impuestos, sobretasas, tarifas y multas que graven a las mismas personas, y

3.

En la celebración de aquellos contratos que las entidades distritales ofrezcan al público bajo condiciones comunes a todos los que lo soliciten. También podrán utilizar en las mismas condiciones los bienes y servicios distritales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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