°. Adiciónese el siguiente
Parágrafo
al artículo 3° del Decreto 4567 de 2011: "
Parágrafo
No se requerirá la publicación de la hoja de vida, de los aspirantes a ocupar empleos del nivel directivo de los organismos que desarrollen funciones de inteligencia y contrainteligencia".
Parágrafo
Artículo 3 DECRETO 4567 de 2011