El presente Acto legislativo rige desde su sanción por el Presidente de la Asamblea.
Aprobado en segundo debate por la honorable Asamblea Nacional Constituyente en sesión de la fecha.
Bogotá, veintisiete de agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro.
El Presidente,
MARIANO OSPINA PÉREZ
El Secretario,
Rafael Azula Barrera.