micelio jurídico

Artículo 1

Acto_legislativo 2 de 1905 · ACTO LEGISLATIVO 2 DE 1905, 19/03/1905, Por el cual se sustituye el artículo 68 de la Constitución de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° En lo sucesivo las Cámaras legislativas se reunirán ordinariamente por derecho propio cada dos años, el día 1.° de Febrero, en la capital de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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