Control y vigilancia. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) programará y ejecutará campañas de vigilancia y control de productos tanto nacionales como importados que estén bajo cumplimiento de reglamentos técnicos. También adelantará individualmente o con el Regulador respectivo, programas de capacitación sobre el cumplimiento de los reglamentos técnicos que se hayan expedido.
(Decreto 3273 de 2008, artículo 3°)