Modifícase el numeral 6 del artículo 4º de la Ley 526 de 1999 , el cual quedará así:
Artículo 4º. Funciones de la dirección general . Las siguientes serán las funciones de la Dirección General (...)
Celebrar dentro del ámbito de su competencia, convenios de cooperación con entidades de similar naturaleza de otros Estados e instancias internacionales pertinentes y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar.