Atribuciones legales de la Superintendencia de Industria y Comercio. El Superintendente de Industria y Comercio mediante acto administrativo determinará la dependencia o dependencias dentro de su entidad que se encargarán de adelantar las atribuciones que la ley le señala a dicha entidad.
(Decreto 556 de 2014, artículo 37)