La autoridad sanitaria delegada en el sitio de nacionalización practicará una inspección sanitaria para verificar
La existencia de la mercancía;
La conformidad de las condiciones sanitarias con el registro sanitario o certificado de aptitud sanitaria;
Las condiciones de almacenamiento, rotulación y empaque;
Otras condiciones sanitarias de manejo del producto, de acuerdo con su naturaleza. De dicha inspección se levantará un acta suscrita por el funcionario que la practique y por el interesado que participe en ella. Análisis de laboratorio.