El Tribunal Supremo debe formar anualmente una lista de seis Conjueces, designados a llenar las faltas de los Magistrados en los casos de impedimento o de recusación, y a intervenir en las decisiones, en los casos de empate.
Son comunes a estos Conjueces las disposiciones del Código Judicial relativas a los de la Corte Suprema de Justicia y tienen aquellos la misma remuneración señalada a éstos.