Cantidades. Cuando únicamente se encuentren hojas de plantas de las que pueden extraerse sustancias estupefacientes, con el fin de dar aplicación al artículo 375 de la Ley 599 de 2000, se considera que cien gramos de hojas de coca en promedio corresponden a una planta.
Igualmente, se considera que doscientos gramos de hojas de coca pueden producir un gramo de cocaína.
(Decreto 3788 de 1986 artículo 6°)