Articulo 154 . Causales de cierre definitivo. Son causales de cierre definitivo del establecimiento: a). Reincidencia en los actos que hayan originado el cierre temporal de la fabrica o establecimiento. b). Cuando según resultados analíticos emitidos por el instituto nacional de salud, se compruebe alteración o fraudulencia en la composición del producto. c). Cuando no posea licencia sanitaria de funcionamiento.
Las fábricas que se hallen funcionando sin licencia sanitaria de funcionamiento, serán clausuradas, decomisados los productos, materia prima, equipos y demás elementos utilizados en la producción de alcohol o en la elaboración, hidratación o envase de bebidas alcohólicas.