De las Faltas Graves. Se considerarán faltas graves
La falta de licencia ambiental, o de los permisos necesarios para el ejercicio de la actividad y puesta en marcha de las instalaciones correspondientes.
Cualquier infracción de las prescripciones dictadas como consecuencia de haber sido declarados los niveles de prevención, alerta o emergencia.
Obstaculizar o entorpecer la labor de vigilancia, inspección y control de las autoridades ambientales competentes.
La puesta en funcionamiento de instalaciones o establecimientos que hayan sido cerrados temporal o definitivamente o cuya licencia de funcionamiento haya sido revocada o suspendida.