Compra de Elementos. Los Oficiales y Suboficiales que hayan agotado la partida anual fijada, podrán adquirir prendas de vestuario y equipo en los respectivos Almacenes Militares, mediante el pago previo de su valor de acuerdo con reglamentación expedida por los Comandos de Fuerza.
(Decreto 989 de 1992 artículo 79)