Régimen Interno. Los Auxiliares de Policía Bachilleres, quedarán sometidos al siguiente régimen interno:
Durante la etapa de instrucción básica se acogerán al régimen establecido por la respectiva Escuela de Formación o Centro de Instrucción.
Durante el período de prestación del servicio de Policía Administrativa, cumplirán el régimen establecido por la unidad a donde hayan sido asignados.
(Decreto 2853 de 1991 artículo 21)