micelio jurídico

Artículo 1857

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1857. La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa i en el precio, salvo las excepciones siguientes:

La venta de los bienes raíces i servidumbres i la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la lei, mientras no se ha otorgado escritura pública.

Los frutos i flores pendientes, los árboles cuya madera se vende, los materiales de un edificio que va a derribarse, los materiales que naturalmente adhieren al suelo, como piedras i sustancias minerales de toda clase, no están sujetos a esta escepción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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