Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.6.1.1.2.17Manuales operativos. Los manuales operativos del Fosyga incorporarán las reglas para el adecuado cumplimiento de lo previsto en esta Sección de acuerdo con los lineamientos que defina el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que haga sus veces. Los manuales operativos deberán mantenerse actualizados y publicados en la página web del Fosyga.
(Artículo 30 del Decreto 4023 de 2011)
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