Proferida la decisión se procederá así:
Al día siguiente se librará comunicación con destino a la persona que deba notificarse.
En la comunicación se indicarán la fecha de la providencia y la decisión tomada.
Si transcurridos tres (3) días hábiles al recibo de la comunicación el disciplinado no comparece, la secretaría del despacho que profirió la decisión la notificará por estado. Se entenderá recibida la comunicación cuando hayan transcurrido cinco (5) días, contados a partir del día siguiente a la entrega en la oficina de correo.
De esta forma se notificará el auto de cierre de la investigación y traslado para alegatos precalificatorios y el traslado del dictamen pericial para la etapa de investigación.