Retención en la fuente de sociedades u otras entidades extranjeras. Cuando las sociedades u otras entidades extranjeras sean beneficiarias de rentas sujetas a impuestos en Colombia, que no correspondan a las operaciones desarrolladas en el país por su sucursal, estarán sometidas a retención en la fuente a que se refiere el artículo 1.2.4.3 de este decreto.
(Artículo 12 Decreto 2579 de 1983)