Funciones del Comité de Peajes Turísticos. El Comité creado mediante el presente decreto, deberá rendir concepto sobre el establecimiento de peajes turísticos que le soliciten los Concejos Municipales, previo a la aprobación de los acuerdos correspondientes.
El concepto emitido por el Comité será de obligatorio acatamiento por parte de los Concejos Municipales. (Artículo 2°, Decreto 1991 de 1997)