Remuneración a la producción de GLP. Para garantizar la atención de la demanda nacional de GLP, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), promoverá el desarrollo de mecanismos que permitan la formación de precios eficientes de este energético.
La CREG realizará los ajustes necesarios en la regulación vigente para aplicar lo dispuesto en este artículo.
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