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Artículo 1

Acto_legislativo 3 de 2007 · ACTO LEGISLATIVO 3 DE 2007, 29/10/2007, Por medio del cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso 1º del artículo 323 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 323. El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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