Las Salas y Secciones de la JEP podrán adoptar medidas, con el fin de proteger y preservar la información que obre en archivos públicos o privados. Su ejecución seguirá el procedimiento previsto en la presente ley para las medidas cautelares.
Las Salas y secciones de la JEP protegerán mediante reserva los nombres y demás datos sensibles en los casos que involucren menores de edad y en los casos de violencia sexual.
Medidas cautelares personales