Medidas de Administración Ordenación y Fomento De conformidad con lo establecido en los numerales 4 y 15 del artículo 5 del Decreto 4181 de 2011, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca AUNAP, podrá establecer y adoptar las medidas de Administración, Ordenación y Fomento en cualquier fase de la actividad pesquera y/o de la acuicultura, y serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de pesca y/o acuicultura.
En el caso de la acuicultura y la pesca industrial, se podrán implementar medidas de fomento que mejoren la competitividad del sector, mitiguen los impactos ambientales, a través de: nuevas tecnologías, insumos, materias primas, entre otros o realizando inversiones que puedan ser aprovechadas por el sector privado, soportándose en las diferentes alianzas permitidas por la ley.