Modifícase el literal e) y adiciónase un literal f) al numeral 2 del artículo 102 del Decreto 663 de 1993, los cuales quedarán así:
Artículo 102 . Régimen general . (...)
e)
Estar en consonancia con los estándares internacionales en la materia;
f)
Los demás que señale el Gobierno Nacional.