Abrese al presupuesto de gastos de la vigencia de 1901 y 1902, el siguiente crédito extraordinario:
DEPARTAMENTO DE GUERRA
Capitulo 45 - (gastos varios)
Articulo 294 A. para pagar a los señores arriba nombrados ó á sus representantes lo que se les adeude por fincas y derechos vendidos al Gobierno por conducto del Ministerio de Guerra, $ 32,000